El Senado de la República aprobó esta semana unánimemente en lo general y particular el decreto que prohibe a los padres, madres y tutores usar la fuerza física y la humillación para disciplinar a los menores.
El decreto aprobado en el Senado prohibe pellizcos, empujones, golpes con la mano, quemaduras, o cualquier otro acto que cause dolor o malestar al menor, así como castigos humillantes, ofensivos, denigrantes o ridiculizadores.
El decreto
El decreto que reforma y adiciona disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Civil Federal, establece que:
“Queda prohibido que la madre, padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad, tutelar o guarda, custodia y crianza de niños y adolescentes utilice el castigo corporal o humillante como forma de corrección o disciplina de niñas, niños y adolescentes”.
Sin sanciones
El decreto, de acuerdo a la presentadora de la iniciativa, la panista Josefina Vázquez Mota, no es de naturaleza penal sino preventiva con el objeto de facilitar la intervención pública temprana en casos de violencia intrafamiliar.
El Senador Martí Batres del partido Morena expresó que el propósito no es criminalizar al padre, madre o tutor del menor, pues no contiene sanciones penales, sino que constituye una condena a la violencia que se infringe hacia los menores y pretende educar hacia la paz.
Definición de castigo
La reforma a la ley define el castigo corporal como el “acto en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, como pellizcos, empujones, golpes con la mano, quemaduras, o cualquier otro acto que cause dolor o malestar al menor”.
El decreto prohibe también el castigo humillante, ofensivo, denigrante, ridiculizador, o cualquier acto que tenga el objetivo de provocar dolor o molestia a menores de edad.
Observaciones
Para algunos observadores esta aprobación a la prohibición de castigo físico y psicológico a menores llega tarde a México, pues muchos países han aprobado leyes similares desde hace años. Perú por ejemplo, la aprobó en marzo de 2012.
Otra observación es que al quedar la falta sin castigo, la ley se reduce a sólo una exhortación de naturaleza moral. La reforma a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil Federal, no incluyen sanción alguna para los adultos que maltraten a los menores.